Tienes una oferta de trabajo en Estados Unidos o una conversación abierta con un empleador interesado en contratarte, y empiezas a buscar qué visa te corresponde.
La mayoría de la información que aparece en internet asume que tienes una maestría o un perfil de ingeniero senior.
La categoría EB-3 está pensada para todo lo demás: profesionales con título de licenciatura, trabajadores calificados con oficio y experiencia y trabajadores no calificados con menos de dos años de entrenamiento.
Es la tercera preferencia de inmigración basada en empleo y termina en la residencia permanente legal: la Green Card.
Te contamos cómo funciona, qué requisitos exige, cuánto demora y qué estafas conviene evitar.

Las tres subcategorías
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) divide la EB-3 en tres grupos, según el tipo de trabajo y la formación que pide:
- Trabajadores calificados: necesitas al menos dos años de experiencia, entrenamiento o educación relevante para el puesto. El trabajo no puede ser temporal ni estacional. Cocineros con oficio, soldadores, electricistas, mecánicos y técnicos entran en esta subcategoría.
- Profesionales: hace falta un título de licenciatura estadounidense o un equivalente extranjero evaluado. El puesto debe pedir como mínimo ese nivel de estudios. Ingenieros, contadores, maestros y muchas profesiones de oficina entran en este grupo.
- Otros trabajadores: para puestos que requieren menos de dos años de entrenamiento o experiencia. Incluye cuidado de adultos mayores, ciertos puestos de hotelería, limpieza, trabajo agrícola no estacional y operarios de almacén, entre otros. Es la subcategoría con el cupo más restringido: solo 10.000 visas por año dentro del total anual aproximado de 40.040 visas EB-3.
En las tres, un empleador estadounidense tiene que patrocinarte. No puedes autopostularte, y no existe la EB-3 por mérito propio.
El proceso, paso a paso
La EB-3 no es un único trámite, sino una secuencia que pasa por tres oficinas distintas del gobierno de los Estados Unidos.
- Certificación laboral PERM, ante el Departamento de Trabajo (DOL). El empleador pide una determinación de salario prevaleciente al National Prevailing Wage Center. Después hace un proceso obligatorio de reclutamiento de trabajadores estadounidenses, con avisos en agencias estatales de empleo y publicaciones internas. Finalmente presenta el formulario ETA-9089. El objetivo es probar que no hay trabajadores estadounidenses calificados y disponibles para ese puesto.
- Petición I-140, ante USCIS. Una vez certificado el PERM, el empleador presenta el formulario I-140. En esta etapa entra otro requisito clave: la capacidad de pago. El empleador debe demostrar que puede pagarte el salario prevaleciente desde la fecha de prioridad hasta el día en que recibas la Green Card. La prueba se hace con declaraciones de impuestos, estados financieros auditados o informes anuales.
- Número de visa disponible, según el Boletín de Visas que publica mensualmente el Departamento de Estado (DOS). La fecha en que se presentó el PERM se llama fecha de prioridad. Tienes que esperar a que esa fecha quede vigente en la categoría EB-3 de tu país de nacimiento.
- Ajuste de estatus o procesamiento consular. Si ya estás en Estados Unidos con un estatus legal, presentas el formulario I-485 ante USCIS. Si estás fuera del país, el caso pasa al Centro Nacional de Visas y después a la embajada o consulado donde resides. Allí presentas el formulario DS-260, haces un examen médico con un médico autorizado y vas a entrevista.

Cuánto cuesta y quién paga qué
La ley separa con cuidado qué paga el empleador y qué puede pagar la persona inmigrante. Esta distinción importa para detectar estafas, así que conviene tenerla presente.
La ley obliga al empleador a cubrir todo el proceso PERM (publicidad obligatoria, anuncios y honorarios legales asociados).
El empleador normalmente paga también la tarifa base del formulario I-140, aunque ese costo no siempre recae en él de modo obligatorio.
A eso se le suma la Tarifa Anual de Asilo (“Asylum Program Fee”, en inglés): 600 dólares para empleadores estándar, 300 para pequeños empleadores con 25 o menos empleados, y cero para organizaciones sin fines de lucro.
Tú puedes pagar (legalmente): el formulario I-485 si ajustas estatus dentro del país (1.440 dólares), el examen médico, y el DS-260 (345) si vas por consulado.
La tarifa final de inmigrante de USCIS, que se paga antes de recibir la Green Card física, es de 235 dólares.
Existe un servicio de procesamiento acelerado, llamado “premium processing”, para el I-140 en casos EB-3. Cuesta 2.965 dólares desde el 1 de marzo de 2026 y reduce la decisión a 15 días hábiles. Acelera ese paso, pero no mueve la fecha del Boletín de Visas.
Recuerda siempre chequear las tarifas actualizadas, porque pueden cambiar.

Cuánto vas a esperar
Hoy el PERM es la etapa más larga del proceso.
El Departamento de Trabajo está procesando solicitudes presentadas hace 16 o 17 meses, y cerca del 25 % de los casos cae en auditoría, lo que estira los plazos. El I-140 promedia unos 8 meses. A partir de ahí, el tiempo depende del país de nacimiento.
El Boletín de Visas de mayo de 2026 marca como fecha de acción final el 1 de junio de 2024 para EB-3 trabajadores calificados y profesionales, en el grupo “All Chargeability Areas”.
Ese grupo abarca a la mayoría de los países latinoamericanos, entre ellos Colombia, Venezuela, Argentina, Chile, Honduras, Guatemala, El Salvador, República Dominicana, Costa Rica, Panamá, Ecuador, Perú, Bolivia, Uruguay, Paraguay y Nicaragua, entre otros.
Eso representa hoy una espera de aproximadamente dos años desde la fecha de prioridad hasta que tu visa esté disponible, aunque las fechas del boletín pueden avanzar o retroceder de un mes al siguiente.
Para la subcategoría de otros trabajadores, la fecha es el 1 de febrero de 2022, una espera de más de cuatro años.
Las personas nacidas en India o China enfrentan plazos mucho mayores: India en EB-3 estaba en noviembre de 2013 en mayo de 2026.
Un caso EB-3 desde un país latinoamericano sin atraso adicional suele tomar entre tres años y medio y cinco años de punta a punta.

Atajo para enfermeras y fisioterapeutas
Si trabajas como enfermera profesional registrada o como fisioterapeuta, hay un atajo importante llamado “Schedule A”.
El Departamento de Trabajo ya determinó que faltan trabajadores estadounidenses en esas dos profesiones, así que no hace falta hacer el PERM.
El empleador presenta el ETA-9089 sin certificar directamente a USCIS junto con el I-140 y se ahorra la etapa más larga del proceso.
Para enfermeras se pide el certificado de la Comisión de Graduados de Escuelas de Enfermería Extranjeras (CGFNS), una licencia estatal permanente, o haber aprobado el examen nacional para enfermeras registradas NCLEX-RN.
Para fisioterapeutas hace falta una licencia estatal vigente o una carta del organismo de licenciamiento del estado donde vas a trabajar.

Cuidado con las estafas
La EB-3, sobre todo en la subcategoría de otros trabajadores, atrae esquemas fraudulentos que prometen “comprar” un puesto patrocinado.
La regla legal es clara: es ilegal que pagues los costos del proceso PERM que le corresponden al empleador o que “compres” un puesto a cambio de dinero o de trabajo gratis. También es ilegal que aceptes cobrar menos del salario prevaleciente.
Otros gastos del trámite (como el I-485, el DS-260 o el “premium processing”) sí puedes pagarlos legalmente.
Si alguien te pide miles de dólares por adelantado para “conseguirte” un empleador, te ofrece un puesto sin entrevista real con quien va a ser tu jefe o te promete una visa garantizada en plazos imposibles, aléjate.
Las consecuencias de participar en uno de estos esquemas son severas: denegación de la visa, deportación y, en muchos casos, una prohibición permanente para volver a aplicar a beneficios de inmigración.

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